El voto es un derecho que no debemos desperdiciar
Estamos en tiempo de elecciones, en Argentina, en España y quién sabe en cuantos países más. Esta circunstancia me instó a transcribir lo que apareció hace más de 100 años en una Revista Argentina. Lamentablemente no figura el autor de la nota, y tampoco existe numeración de páginas; la Revista P.B.T. es del 23 de Julio de 1910. La Dirección y Administración se encontraba en la calle Piedras nº 150 y era su Fundador y Colaborador Eustaquio Pellicer.
Bajo el epígrafe “Chucherías” entre otras cosas se publica:
El voto femenino
“Londres. -Inicióse en la Cámara de los Comunes el debate alrededor del proyecto del diputado Shackleton concediendo el voto a las mujeres. El diputado conservador Smith se opuso al proyecto manifestando que en el fondo ofrecía mucho peligro”.
Smith, a mi parecer,
Tiene razón al temer
El peligro que sería
Que al fin consiguiese un día
Tener voto la mujer.
Ya lo hacen los hombres, pero
Una mujer considero
Que, con más tranquilidad
Lucirá su habilidad
Para volcar el puchero.
Si consiguiera, en mal hora,
Tener voto una señora,
Es, sin duda, muy posible
Que tras de ser electora
Quisiera ser elegible.
Y, como quien no hace nada,
Valiéndose de su argucia,
Sería, al cabo, nombrada
Senadora o diputada
Con el acta limpia o sucia.
Cosa de ver será el ruido
Que armarán en las sesiones,
Pues hay, como ya es sabido
Mujer que es, por sus millones,
Ella sola un buen partido;
Y siendo su condición
El ir contra la corriente,
Luchará en la oposición
Cada diputado con
Un partido independiente.
Cosa que dará lugar
A tan tremendo alboroto
Que nadie podrá parar
Si la mujer, tras el voto…
La voz llega a conquistar.
Pero en otro libro que leí, aparece esta otra poesía perteneciente a un payador:
¡Délen cancha a las mujeres! (1947)
Ahora que en un hervidero
Parece encontrarse el mundo,
Con justas razones fundo
Lo que aquí decirles quiero.
Si en doloroso entrevero
La mujer pudo mostrar
Su coraje pa’ peliar
Bien apareada al varón,
¡ha de tener condición,
Dejuro, pa’ gobernar!
………………………………………
Si Dios hizo la mujer
Pa’ ser nuestra compañera,
Puede ser la consejera
Que debemos atender.
A mi juicio no ha de ser
Tan solo pa’ cocinar,
Lavar la ropa, planchar,
Y otros cuantos menesteres.
¡Tienen ideas las mujeres
Que debemos respetar!
Poema perteneciente al payador argentino Evaristo Barrios (1889-1959). Transcribí la 1ª y 4ª estrofa, del libro “El Cantar del Payador”, de Beatriz Seibel, pág. 87. Son versos escritos precisamente en el año que se promulgó la ley que otorgaba el voto femenino en la Argentina.
Años en que se instauró el voto femenino en algunos países:
Francia en 1944
Mónaco en 1962
Suiza en 1971
Liechtenstein en 1984
Arabia Saudí en 2015 (sólo en elecciones locales)
En España fue reconocido el derecho al voto de las mujeres en la Constitución de 1931, aprobada por las Cortes Constituyentes españolas el 9 de diciembre de 1931.
En la República Argentina, el 9 de septiembre de 1947 y a instancias de Eva Perón, la Cámara de Diputados sancionó por unanimidad la ley 13010 que otorgaba el voto femenino. El 23 del mismo mes y año Juan Domingo Perón firmó el decreto presidencial que lo instauraba.